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| Al
comprar una casa es mejor conducirse lento
pero seguro |
Washington
Hispanic
El mercado inmobiliario se mueve lentamente,
pero no deja de presentar buenas alternativa
para las personas que tienen en mente comprar
y hacer una inversión a largo plazo. Los
propietarios que han sido dueños de casa
por años saben de las buenas ventajas
que estamos hablando, pero para enfrentarse a
una responsabilidad de este tipo hay que estar
preparado. Razón por la cual Casa guía
le ayuda a mantenerse informado de los movimientos
del sector de bienes raíces de manera
que pueda hacer la mejor elección.
En la sección de Actualidad lea como el
Servicio de Impuestos Internos (IRS) lanzó una
sección especial en IRS.gov para las personas
que han perdido el derecho de dominio a sus viviendas
por ejecución hipotecaria. También
recientemente la Asociación Nacional de
Profesionales Hispanos en Bienes Raíces
aprobó las reglas éticas para agentes
de bienes raíces.
En la sección de Inmobiliaria entérese
de los derechos civiles que tiene a la hora de
comprar, desde la selección de la zona
hasta la aprobación del préstamo,
este supervisado bajo las leyes federales y estatales
que controlan todas las transacciones de bienes
raíces.
En la sección de Mejoras del hogar conozca
como las remodelaciones pueden resultar costosas
siempre y cuando no se consulte previamente con
un experto, pero si se realizan las adecuadas,
pueden significar un aumento del valor y del
precio de la vivienda.
En la sección de Echando raíces
lea la historia de la familia Casique Murillo
y de cómo la compra de su propiedad les
ha ayudado a establecer las bases para el futuro.
En la sección de Consejos útiles
lea dos reportes de la Comisión para la
Seguridad de los Productos de Consumo. El primero
se trata sobre la nueva norma federal para colchones
que ayudará a prever miles de lesiones
y salvar vidas. Y como evitar que bebes y niños
pequeños estén en riesgo de ahogamiento
en bañeras.
Espero que tenga buena lectura, hasta la próxima
semana.
Sugerencias:
casaguia@washingtonhispanic.com
| ¡ Prohibido
discriminar! |
| Conozca
sus derechos civiles al comprar casa |
Bertha
Sáenz
Cuando va a comprar una casa, desde la selección
de la zona hasta la aprobación del préstamo,
este supervisado bajo las leyes federales y
estatales que controlan todas las transacciones
de bienes raíces.
Uno de los aspectos que le protegen a la hora
de comprar o alquilar cualquier tipo de inmueble
es lo referente a la discriminación,
por lo que el gobierno de los EE.UU. ha creado
algunas leyes que protegen sus derechos.
La Oficina Federal de Vivienda (FHA, por sus
siglas en inglés) penaliza a los dueños
de vivienda, a futuros compradores o inquilinos,
agentes de bienes raíces y prestamistas
para evitar que cometan algún tipo de
ofensa discriminatoria basado en raza, color,
religión, sexo, nacionalidad, discapacidad
y estatus familiar. Y lo aclara muy bien según
la ocasión. Veamos a la hora de vender
o rentar :
•
Negarse a rentar o vender una propiedad.
•
Negarse a hacer un negocio con su propiedad.
•
Hacer que la vivienda no esté disponible.
•
Negar una vivienda.
•
Colocar diferentes términos, condiciones
o privilegios para la venta o alquiler de una
vivienda.
•
Proveer diferentes servicios o facilidades
sobre una misma vivienda.
•
Negar falsamente que la casa está disponible
para inspección, venta o alquiler.
•
Tratar de hacer una venta basada en rumores
de que ciertas minorías se están
mudando al vecindario o inducir a vender porque
el vecindario está en transición.
•
Negar a alguien el acceso o la participación
en las instalaciones o servicios relacionados
con la venta o alquiler de
una vivienda.
En cuanto a hipotecas:
•
Negarse tanto a dar información como
a otorgar un préstamo hipotecario.
•
Imponer diferentes términos en un préstamo
(en cuanto a tasa de interés, puntos
u honorarios, entre otros).
•
Discriminar a la hora de avaluar una propiedad.
•
Negarse a adquirir un préstamo o querer
imponer diferentes términos sobre la
compra del mismo.
Todas las leyes se han hecho para su bienestar a la hora de realizar su transacción,
así que siéntase con todo su derecho de exigir en todo momento
que le traten bien y que le respeten como ser humano, sin olvidar que hay otro
tipo de aspectos que debe cumplir para hacer exitosa la compra de su vivienda.
| En
su página Web |
| IRS
inaugura sección para deudores |
Sara L. Eguren
Hispanic Media Relations, IRS
El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) lanzó una
sección especial en su sitio web www.IRS.gov para las personas que han
perdido el derecho de dominio a sus viviendas por ejecución hipotecaria
al no cumplir con su deuda.
El IRS también informa a los propietarios de casas que aunque la negociación
de nuevos préstamos hipotecarios y la ejecución hipotecaria pueda
tener consecuencias tributarias, las provisiones especiales de alivio pueden
brindarle a menudo una reducción del monto de impuestos o eliminarlo para
los deudores con dificultades financieras que pierden sus propiedades.
La nueva sección de IRS incluye una variedad de información, incluyendo
una hoja de trabajo diseñada para ayudar a los deudores a determinar si
les concierne alguna de las provisiones de alivio por ejecución hipotecaria.
Para aquellos contribuyentes que descubren que adeudan impuestos adicionales,
también incluye una forma que pueden utilizar para solicitar un acuerdo
de pagos con el IRS. En algunos casos, los contribuyentes elegibles pueden calificar
para resolver su deuda tributaria por un monto menor al total adeudado usando
una oferta de compromiso.
El IRS alienta a los propietarios de vivienda que están pasando dificultades,
considerar sus opciones con cuidado antes de renunciar a sus hogares a través
de la ejecución hipotecaria.
Bajo las leyes tributarias, si la deuda borrada a través de la ejecución
hipotecaria sobrepasa el valor de la propiedad, la diferencia suele considerarse
un ingreso tributable. Pero una regla especial permite a los deudores insolventes
la compensación de ese ingreso hasta el punto en que su deuda sobrepase
a sus bienes.
El IRS advierte que bajo la ley, el alivio podría estar limitado o no
estar disponible en algunas situaciones, por ejemplo cuando parte o toda la vivienda
ha sido usada para fines de negocios o alquilada.
Quienes recibieron un préstamo y su deuda es reducida o eliminada reciben
de su prestamista una notificación a fin de año (Forma 1099-C).
Por ley, esta forma debe mostrar la cantidad de la deuda que ha sido perdonada
y el valor justo en el mercado de la propiedad adjudicada a través de
la ejecución de hipoteca. Aunque la oferta ganadora en una subasta de
ejecución de hipoteca suele ser el valor justo en el mercado de una propiedad,
es posible que en algunos casos no refleje necesariamente el valor real.
El IRS urge a los deudores a revisar la Forma 1099-C con mucho cuidado. Deben
notificar al prestamista de inmediato si alguna información que aparece
en la forma está incorrecta. Los deudores deben prestar atención
especial al monto de la deuda perdonada (Casilla 2) y el valor listado para sus
hogares (Casilla 7).
El IRS también recuerda a los prestamistas acerca de su obligación
de brindar información precisa en la Forma 1099-C. Por ley, el prestamista
debe enviar una copia de esta forma al IRS. El contacto de seguimiento que el
IRS tiene con los contribuyentes involucrados en una ejecución hipotecaria
está basado en gran parte en la información que es reportada en
esta forma, y si concuerda o no con la información que brinda el contribuyente
en su declaración federal de impuestos por ingresos.
El IRS normalmente inicia estos contactos de seguimiento enviando al deudor una
notificación. La agencia tributaria recomienda a los deudores que tengan
preguntas llamar al número que aparece en su notificación. El IRS
también alienta a los deudores que resultan debiendo impuestos adicionales
y no pueden pagarlos en su totalidad a que utilicen la “forma de acuerdos
de planes de pago”, por lo general incluida junto con la notificación,
para solicitar un acuerdo de plan de pago con la agencia.
Más información, incluyendo respuestas a preguntas frecuentes y
enlaces a otros recursos, está disponible en la página principal
de www.IRS.gov.
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